Leonel vs. JCE: ¿Quién tiene la razón jurídica?
Leonel vs. JCE: ¿Quién tiene la razón jurídica? EL AUTOR es abogado. Reside en Santo Domingo. Por OMAR RAMOS Fecha: 26 junio, 2018 Comparte: Desde la óptica constitucional, el artículo 112, párrafo IV, evidentemente, concede a la Junta Central Electoral la capacidad administrativa de reglamentar los tiempos de las campañas electorales, lo cual circunscribe tanto la precampaña en los partidos políticos como la nacional pues regulándolos garantiza el desarrollo y la participación equitativa de los ciudadanos en los procesos electorales. La JCE en su finalidad principal de dirigir y celebrar las asambleas electorales está obligada a organizar la precampaña al no concebirse como una actividad aislada ni autónoma a los procesos electorales, sino íntimamente relacionada con la campaña nacional, puesto que la función específica de ambas es promover públicamente a las personas que se están postulando, aún no de manera oficial, dentro de...